El Global Madrid | viernes, 16 de junio de 2017 h |

Entre las funciones que la ley otorga —o exige, según el caso— a un farmacéutico titular se encuentran, además de la adquisición, conservación, custodia y de dispensación de medicamentos, otras más enfocadas a garantizar el uso racional del mismo y el de ofrecer un consejo profesional certero para dar solución a las dolencias que el paciente le consulta. Su labor no es tan simple. Por ello, el control y la garantía de que todo en la farmacia funciona de manera correcta, es fundamental.

Bajo esta apreciación, la asesoria especializada en el sector farmacéutico Asefarma desarrolló el pasado 6 de junio una jornada sobre “Autoinspecciones en las oficinas de farmacia” en las que se los asistentes pudieron conocer un check list que aplicar en su establecimiento a fin de asegurarse el cumplimiento de la legislación. Dicho check list permite al farmacéutico puntear que todo lo referente a las condiciones de temperatura, humedad y luz, conservación y dispensación de estupefacientes o caducidades (entre otros aspectos) se cumplen y mantienen adecuadamente dentro de la oficina de farmacia.

En este sentido, Adela Bueno, responsable del departamento jurídico de Asefarma, recordó que “para evitar que con motivo del ejercicio de la actividad se incurra en responsabilidad profesional por el farmacéutico, es recomendable la realización de autoinspecciones periódicas por el farmacéutico que, sin duda, le permitirán tener al cien por cien todo a punto en caso de que la farmacia reciba la visita por sorpresa de un inspector de Sanidad”.

Bueno recordó también que en un intento por convertir la farmacia en un espacio para la promoción de la salud y la prevención de enfermedades, “el farmacéutico en ocasiones presta servicios que –en aras de ofrecer al cliente un valor añadido– distan mucho de estar permitidos”. Es el caso de servicios como “fisioterapia, podología, pilates, estética… que algunos profesionales ofrecen en un mal entendido concepto de la Farmacia como espacio de salud”.

En estas situaciones, el farmacéutico deberá tener en cuenta que “el director técnico propietario de la farmacia es el único responsable de cuantas actividades sean desarrolladas en su establecimiento y del resultado de las mismas”. Dicho de otro modo, “no se deberá prestar al usuario ningún servicio para el cual no esté habilitado legalmente el titular”, se avisó en esta jornada con la que Asefarma ‘cierra’ su ciclo formativo del primer tramo de 2017.