Alberto Cornejo Madrid | viernes, 08 de septiembre de 2017 h |

De los actuales tres a quince años . Ese el plazo mínimo de apertura al público de debe acumular una oficina de farmacia que quiera implantar la Xunta de Galicia como condición indispensable para poder ser transmitida ‘inter vivos’, tal como figura en el anteproyecto de nuevo decreto sobre planificación, aperturas, traslados y transmisión de oficinas de farmacias. Un borrador que ha sido trabajado con los colegios farmacéuticos, los cuales están de acuerdo con esta modificación.

Una vez fuese aprobado en el futuro, Galicia implantaría así el plazo mínimo de apertura al público más restrictivo de toda España —donde el periodo medio se sitúa en tres años— para autorizar una transmisión de farmacia. La pregunta es obligada: ¿evita esta medida la especulación con la venta de farmacias o supone una excesiva atadura incluso para titulares con vocación asistencial pero que, en un plazo tan elevado, pueden sufrir situaciones imprevistas que le obligasen a tener que transmitir su negocio?

Los expertos en el ámbito administrativo y normativo del sector farmacéutico confían, de principio, en ese loable interés que habrían buscado Administración y colegios gallegos pro evitar toda especulación con la transmisión de farmacias. Sin embargo, consideran que en ese intento se habrían “pasado de largo”, resultando por ello un efecto negativo respecto a los derechos del titular. “Si bien la intención del legislador es presumiblemente evitar esa especulación, no se ha tenido en cuenta que en un plazo tan elevado, sin que llegue a estar en situación de jubilación o incapacidad, pueden variar mucho las circunstancias del titular tanto a nivel personal, familiar, profesional, económico… y que éstas le abocasen a no poder ejercer la actividad”, opina para EG Rosa Blanco, abogada del bufete Orbaneja. En un supuesto como ese, prosigue esta profesional, “la prohibición de transmitir obligaría al cierre de la actividad y a la pérdida de la inversión realizada, así del fondo de comercio, que se hubiera generado hasta entonces”.

Esta es la línea que se sigue también desde la asesoría Asefarma. “Limitar la transmisión puede tener su lógica de cara a evitar la especulación y garantizar un mínimo de continuidad en la atención farmacéutica; pero hay que tener en cuenta que es una licencia administrativa de titularidad privada y por tanto quince años parecen limitar en exceso la libre disposición que sobre esa propiedad tiene el farmacéutico”, considera Carlos García-Mauriño, presidente de esta asesoría. Eso sí, García-Mauriño, recuerda que este criterio solo se aplicaría a las farmacias obtenidas por concurso, y no afectaría al resto de farmacias que seguirían con el régimen de transmisión actual.

También desde el despacho Gómez Córdoba se considera “sin justificación, ni lógica ni jurídica” este plazo mínimo de quince años. “Como cualquier persona, la situación personal del farmacéutico titular a lo largo de 15 años puede variar enormemente y firmar una suerte de “compromiso de permanencia por este tiempo creemos que es, sin duda, un obstáculo al ejercicio de su profesión”, apunta Inmaculada Gómez Soto, especialista en defensa de farmacias de este despacho. “Quienes piensan en la especulación son una inmensa minoría y no se puede legislar pensando en ellos”, denuncia esta experta.

¿Qué plazo es el idóneo?

Hasta esta modificación, Galicia (aún) se mueve en el plazo medio que establecen las leyes de ordenación farmacéutica autonómica para permitir estas transmisiones: tres años. Hasta un total de once regiones (ver gráfico) registran ese periodo en sus normativas. Y, hasta este movimiento de Galicia, Canarias y Cantabria se situaban como las regiones más restrictivas en este ámbito (diez años).

Precisamente, el periodo más habitual que reflejan las LOF regionales (tres años) es el que los expertos consideran más “idóneo” y “razonable”. Y, sobre todo, “disuasorio a efectos de la posible especulación”, apunta la representante de Orbaneja Abogados. Opinión parecida mantienen en Gómez Córdoba, si bien verían positivo todo plazo que oscilase en una horquilla “entre 3 y 5 años”, apunta Inmaculada Gómez.

Incluso, hay pareceres que dan más chance para un periodo mayor, sin sobreexcederse en todo caso. “Los 6 años que marca la legislación de Castilla-La Mancha es un plazo mucho más razonable y un horizonte temporal adecuado”, valora el presidente de Asefarma.

Lo lógico (y difícil), un plazo común

Preguntados al respecto —y sin obviar las dificultades que en esta estandarización implica la transferencia de competencias sanitarias a las autonomías— los expertos consideran que lo positivo sería establecer un plazo mínimo común para todo el territorio nacional. Fuese cual fuese.

“La legislación aplicable a la oficina de farmacia debería ser la misma en toda España, en éste aspecto de la transmisión y en todos los demás. Las desigualdades de trato no nos parecen justas”, dice Rosa Blanco plasmando el parecer del despacho Orbaneja. A esta petición se suman desde Asefarma: “debería haber una unificación en toda España en este y otros muchos aspectos ya que se observa las notables diferencias que hay en las 17 ordenaciones farmacéuticas que existe, de forma que farmacias vecinas pueden encontrarse ante distintos marcos regulatorios provocando mucha desigualdad”, manifiesta Jorge Martín, su director comercial para la zona norte.

“Esa unificación nos parece fundamental porque se crean agravios comparativos y situaciones de desigualdad entre los farmacéuticos que concursan en distintas comunidades”, completa su presidente. También desde Gómez Córdoba aluden a ese “principio de igualdad”.

El debate se trasladó a elglobal.net

A lo largo de la última semana, EG ha consultado a sus lectores —a través de una encuesta accesible en www.elglobal.net— su parecer respecto a las intenciones de la Xunta de Galicia de ampliar a quince años el periodo mínimo de apertura de una oficina de farmacia (adjudicada vía concurso) para que pueda ser transmitida ‘inter vivos’, salvo situaciones de jubilación o incapacitación legal del titular. En este sentido, la participación a través de las votaciones en la encuesta digital ha generado un debate que ha finalizado con una suerte de “empate técnico”. Así, el 39,1 por ciento de los participantes considera que la implantación de este plazo de quince años que se pueda especular con la venta de farmacias. Ahora bien, idéntico porcentaje (39,1) se han manifestado partidarios de que se establezca un plazo común “sea cual sea” para toda España. Por su parte, un 8,7 por ciento de lectores indicó sus discrepancias con este “excesivo” periodo de tiempo que persigue implantar Galicia y otro 13,1 por ciento cree que el titular debería poder transmitir su licencia “desde el primer día”.