Alberto Cornejo Madrid | viernes, 14 de julio de 2017 h |

El ejercicio de toda actividad profesional engloba una responsabilidad, que se acrecenta para aquellos empresarios que se sitúan al frente de un negocio. Todavía es posible sumar un punto de responsabilidad a este ejemplo general. Es el caso del farmacéutico titular al frente de una botica, dado el carácter sanitario de su negocio es directamente proporcional a la responsabilidad que debe asumir en las actuaciones que en él se realicen y problemas que se originen.

La simple apertura, y funcionamiento, de una oficina de farmacia ya obliga a contraer diversas responsabilidades en forma de seguros. Así, como algunos ejemplos a disponer de forma obligatoria en ella se encontraría el conocido como “multiriesgos”, el de responsabilidad civil, así como aquellos otros que exija el convenio colectivo por el que se rija en el establecimiento.

Por ejemplo, el XXIV convenio colectivo nacional exige disponer de un seguro de accidentes de trabajo complementario para empleados con cobertura todas las horas del día y todos los días del año, y cuya garantía será de treinta y cinco mil euros por cada empleado.

El asesoramiento, clave

“Es evidente que el farmacéutico no recibe formación académica específica en este ámbito y no tiene por qué conocer qué seguros se deben contratar para cumplir con la legislación”, indica a EG Luis García, responsable de Asegura Consultoría, el área de Seguros de COFM Servicios 31, la sociedad mercantil del COF de Madrid.

Es por ello que el profesional titular puede apoyarse en expertos y sociedades como ésta para asesorarse en esta materia. Tanto para conocer aquellos seguros de contratación obligatoria “como aquellos otros, profesionales o personales, que son recomendables por la específica actividad que desarrolla”, apunta García. Entre ellos se encontrarían, por citar unos ejemplos, los que dan cobertura en situaciones de incapacidad transitoria, los de previsión social, los de vida o de complemento a la jubilación.

La recurrente frase de que “no vale el café para todos” también es aplicable en el ámbito de la contratación de seguros en la oficina de farmacia. “Cada titular debe poner en valor sus necesidades en función de sus objetivos e incluso perfil del negocio”, apunta García defendiendo la importancia de recibir asesoramiento personalizado. Por ejemplo, un seguro que cubre la baja por enfermedad transitoria podría ser, a priori, más necesario en aquellos establecimientos con plantillas pequeñas (o con el titular como único empleado) en los que puedan resultar más gravoso imprevistos así.

Asimismo, este experto avisa que las obligaciones pueden ser muy cambiantes, por lo que conviene mantenerse al día respecto a la información. “Cualquier firma de un nuevo convenio colectivo puede introducir novedades en cuanto a seguros a contratar”, recuerda.