JUAN NIETO Madrid | viernes, 20 de febrero de 2015 h |

El Real Decreto-ley 16/2012 de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones precisa que será obligatorio el establecimiento de un servicio de farmacia hospitalaria propio en aquellos centros de asistencia social que tengan cien camas o más en régimen de asistidos. Un servicio que se ocuparía de suministrar medicamentos y productos sanitarios a centros socio-sanitarios (aunque en realidad, actualmente no siempre se cumple esta premisa) a este tipo de residencias pero… ¿Quién suministra a aquellas que cuentan con menos camas y no tienen obligación de contar con un servicio propio de farmacia hospitalaria?

Como suele suceder en estos casos, el mapa autonómico español presenta una gran variedad de criterios acerca del suministro de medicamentos y productos sanitarios a residencias geriátricas y centros sociales. Una falta de homogeneidad que provoca que el principio de asegurar el suministro eficiente e igualitario para todos los ciudadanos, al tiempo de que se cumple de manera escrupulosa la legislación vigente, esté en entredicho.

Eso sí, lo que se puede observar, tal y como muestra un informe elaborado por la patronal madrileña de oficinas de farmacia, Adefarma, es que se ha producido un cambio en el criterio acerca de quién debe asumir este servicio. Y es que, en los últimos años, este servicio ha pasado de ser prestado mayoritariamente por las oficinas de farmacia a llevarse a cabo a través de procedimientos de compra centralizada desarrollados por las diferentes comunidades autónomas.

Suministro

Sobre este particular, cabe destacar que solo en siete comunidades autónomas (Andalucía, Asturias, Canarias, Cataluña, Madrid, Navarra y País Vasco), además de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, las oficinas de farmacias conservan la prestación de este servicio en centros socio-sanitarios públicos. Eso sí, existen ciertas peculiaridades. Por ejemplo, en Andalucía, no diferencian entre residencias de más de cien o menos de cien camas (tampoco en Asturias, ni en Cataluña) y los pañales de incontinencia son surtidos por la consejería de Salud a través de plataformas provinciales. En Canarias, hay algunas farmacias muy centradas en este servicio (incluso proveen a centros de otras islas).

Junto a este tipo de sistema, se encuentran otros a los que se podría llamar mixtos, en los que se incluirían Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha y Extremadura. A este respecto, en Cantabria, el abastecimiento se realiza a través de oficinas de farmacia y del servicio de atención primaria, siendo los medicamentos de mayor consumo suministrados en forma de envases clínicos por el servicio farmacéutico de hospitales.

En Castilla y León las farmacias se ocupan de los centros públicos con menos de 100 camas, los servicios farmacéuticos hospitalarios de los de más de 100 camas. En Castilla-La Mancha, las farmacias (a libre elección de las residencias) suministran tratamientos puntuales. En Extremadura, los centros públicos son provistos de medicamentos básicos por los servicios farmacéuticos del hospital de referencia mientras que las farmacias, por turno rotatorio, suministran medicación específica para el trata miento de los residentes.

Por otro lado, en el resto de comunidades (Aragón, Baleares, Comunidad Valenciana, Galicia, Murcia y La Rioja). ¿Peculiaridades? En Baleares el abastecimiento de pañales de incontinencia es adjudicado a través de concurso público. En la Comunidad Valenciana existe el programa de Suministros de Productos Sanitarios (Supro), que consiste en el suministro directo por parte de laboratorios previa aprobación de la consejería de Sanidad. En La Rioja la mayor parte de la dispensación se lleva a cabo desde el servicio de farmacia del Hospital San Pedro.

De otro modo, en lo referente a los establecimientos privados, la mayor parte de las comunidades autónomas permiten a las farmacias ocuparse de este servicio. Únicamente en Cantabria, donde también se aplica el sistema mixto que se sigue en el procedimiento de servicio a centros públicos; en Aragón, donde los pañales de incontinencia son suministrados por el Sistema Aragonés de Salud a centros públicos y privados; y en Baleares, donde las residencias privadas tienen libertad plena para contratar según estimen oportuno, presentan alguna variación a la tónica general.

Concierto y descuentos

Por otro lado, resalta que solo en seis comunidades (Castilla y León, Comunidad Valenciana, Galicia, Madrid, Murcia y Navarra, mientras que en Andalucía y País Vaco existe un proyecto) existe una normativa autonómica específica acerca de cómo realizar el suministro a centros socio-sanitarios. Algo que solo se recoge en los conciertos farmacéuticos de Madrid y Navarra.

Son precisamente estas dos comunidades, junto a País Vasco, las que establecen descuentos en el suministro. Madrid, un 10 por ciento en las recetas oficiales prescritas a los pacientes; País Vasco, un 5 ó un 7 por ciento; y Navarra, que establece descuentos en dietoterápicos en función de ventas anuales.