j. n. Madrid | viernes, 21 de febrero de 2014 h |

El proyecto de Real Decreto de Sistema de Precios de Referencia que ha llegado al Consejo de Estado ha traído buenas noticias para la distribución y las farmacias respecto a los periodos de convivencia para aplicar las órdenes que creen conjuntos y actualicen precios. Destaca que este nuevo proyecto, fechado el 4 de febrero y al que ha tenido acceso EG, da ‘marcha atrás’ al primer borrador publicado por el Ministerio de Sanidad en septiembre, que eliminaba los periodos de convivencia de precios que habían estado vigentes hasta el momento, con excepción de la primera ocasión en la que se aprobara una nueva orden. Así, a partir de ese momento, la distribución tenía que servir a precio nuevo precio desde el día siguiente a la entrada en vigor del texto, mientras que a la farmacia, por cuestiones técnicas de facturación se le permitía dispensar a precio antiguo hasta el último día del mes.

De este modo, si este proyecto saliese adelante el periodo de convivencia sería igual al de la excepción de la primera ocasión en la que se aprobara una nueva orden que recogía el primer borrador: la distribución tendrá 20 días de convivencia y la farmacia dispondrá hasta el último día del primer mes siguiente a la aprobación de la orden. Esto es, un mínimo de diez días y un máximo de 40. ¿La industria? Su periodo no varía: tendrá que servir a precio de referencia nuevo desde el momento de entrada en vigor de cada una de las órdenes.

Satisfacción

El presidente de la patronal FEFE, Fernando Redondo, manifestó que “el que entiendan que son necesarios periodos de convivencia es positivo, aunque siguen siendo cortos y no se corresponde con la rotación media en las farmacias”. Pese a ello, aplaude la ‘rectificación’ porque si no se produjese “para la farmacia sería terrible porque la descapitalización del stock se sumaría a los recortes que ya sufrimos.

Por su parte, desde la patronal de la distribución, Fedifar, se valoró positivamente la rectificación, y se señaló que “es positivo que la distribución pueda disponer de 20 días de convivencia de precios desde la aprobación de cada una de las órdenes que creen conjuntos y actualicen precios, ya que desde hace ya tiempo Fedifar viene explicando que el plazo medio de rotación de existencias es de 30 días”. Es decir, que en condiciones normales de suministro, los almacenes necesitan de media 30 días para no sufrir una depreciación de stock. Sobre este particular, se indica que “si no hay plazo o es insuficiente, los almacenes, para no sufrir un impacto añadido al de la caída del margen como consecuencia de las bajadas de precio, deben reducir sus niveles de stock antes de que sea efectiva la bajada”. ¿Qué consecuencias tendría? “Se corre el riesgo de que aparezcan problemas para un adecuado abastecimiento”, precisaron.

Otros aspectos

Junto a los periodos de convivencia, estos agentes de la cadena del medicamento se muestran críticos con otros aspectos que contiene este proyecto. Así, FEFE pone en solfa aspectos como la Dosis Diaria Definida (DDD), que la comercialización efectiva “no es real, porque solo se refiere a que se comunique la intención de comercializar”… “Es una norma bastante imperfecta que no tiene en cuenta sentencias previas”, dicen.

En cuanto a la fijación de un umbral mínimo para el precio de referencia, desde Fedifar se valoró negativamente la reducción del 20 al 15 por ciento. “Los niveles de precio de algunas presentación son tan bajos que el margen que percibe la distribución es prácticamente nulo”, denuncian.