carlos b. rodríguez Madrid | viernes, 28 de febrero de 2014 h |

Se veía venir, pero no por eso el golpe ha dolido menos. La decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de seguir las conclusiones del abogado general de la UE Nils Wah en torno a la ilegalidad del ‘céntimo sanitario’ ha dejado a su paso una gran cantidad de incógnitas, relativas a las cantidades que habrá que devolver; quién será el encargado de desembolsarlas y cómo, y qué consecuencias podría implicar para las arcas públicas y, por ende, para el sistema sanitario público.

De todo ello, lo único claro es la cantidad que se podría devolver. Los técnicos del Ministerio de Hacienda estiman que la cifra rondaría los 3.956 millones de euros, una cifra muy inferior a los 13.000 millones que recaudó el Gobierno durante el tiempo que la medida estuvo en vigor, entre el 1 de enero de 2002 y el 1 de enero de 2013, fecha en la que se integró en el impuesto especial sobre los hidrocarburos. ¿El motivo? Han prescrito 9.176 millones correspondiente a los ejercicios fiscales anteriores a que la Ley General Tributaria estableciera un periodo máximo de cuatro años para la solicitud de ingresos indebidos.

Pero el hecho de que la cifra pueda rondar los 4.000 millones no significa que se vaya a devolver todo eso. Los particulares lo van tener muy complicado, ya que no les bastará con presentar tickets y extractos de la tarjeta. Para reclamar el impuesto será necesario presentar facturas con el detalle de los litros repostados y el impuesto devengado. Esta circunstancia adscribe al colectivo de empresas y transportistas la mayor parte de las reclamaciones. A este respecto, la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer) asegura que la cifra ascendería a unos 2.300 millones de euros.

Consecuencias

Un mínimo de 2.300 millones, por tanto, tendrían que salir de las arcas públicas. Pero, ¿de cuáles? El céntimo sanitario se desdoblaba en tres tramos: el estatal general, el estatal especial y el autonómico. De ellos, el último era el que generaba mayor variabilidad. A medida que pasaban los años y el gasto sanitario se disparaba, cada vez más comunidades se apuntaban a este impuesto y subían progresivamente su impacto para compensar la caída de ingresos. En total, trece autonomías lo han aplicado de manera desigual, con un recargo que variaba entre 1 y 4,8 céntimos por litro.

Es de prever que la respuesta de a quién va a afectar la sentencia se aclare en el Consejo de Política Fiscal y Financiera. En la sentencia, el Tribunal resalta que España intentó evitar el daño económico aludiendo a los perjuicios que tal decisión acarrearía para las comunidades autónomas. Éstas, por su parte, no se sienten víctimas y esperan que no se resienta la financiación que reciben. Ante el fallo, muchas han optado por la prudencia; otras, como la Comunidad Valenciana, Cataluña y Andalucía, ya han señalado con el dedo al Estado, por tratarse de una normativa estatal y formar el ‘céntimo sanitario’ parte del modelo de financiación. Cataluña ha ido más allá. Según su consejero de Economía, Andreu Mas-Colell, la sentencia no afectará al Presupuesto de la Generalitat de 2014, ni a las finanzas de la sanidad pública porque, entre otros motivos “el sistema sanitario no está en condiciones de asumirlo”.

La respuesta de Mas-Colell pone el dedo en la llaga. La ilegalización del ‘céntimo sanitario’ ha sido muy aplaudida por organizaciones como la OCU, que durante años ha señalado que no era más que una “excusa recaudatoria” cuyo fin era aumentar los ingresos, pero que no resolvía los problemas sanitarios. Sin embargo, ya hay voces que han pedido a las administraciones sanitarias que no utilicen la sentencia del Tribunal para profundizar en los recortes.

La decisión adoptada sobre el céntimo sanitario abre, por último, una serie de cuestiones que en última instancia deberían dirimirse en el debate abierto en torno a la reforma del sistema de financiación. Efectivamente, el ‘céntimo sanitario’ se creó con un fin finalista, precisamente cuando la financiación sanitaria dejó de ser finalista. El hecho de que tantas regiones se hayan sumado con el paso de los años a este sistema (a pesar de las dudas legales que sobre él existían desde hace tiempo) ofrece nuevos argumentos a tener en cuenta a la hora de afrontar el nuevo modelo de financiación, tanto a la hora de consignar las partidas como su carácter.

En esta línea van las reacciones del portavoz de Sanidad del PSOE en el Congreso de los Diputados, José Martínez Olmos, a la sentencia sobre el ‘céntimo sanitario’. Según él, el fallo “pone en evidencia y en mayor riesgo a las arcas públicas en la financiación de la sanidad” e indica que es “urgente asegurar nueva y suficiente financiación a la sanidad”.

Impuesto ‘finalista’

“Para considerar que persigue una finalidad específica, el Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos debería tener por objeto, por sí mismo, garantizar la protección de la salud y del medioambiente”

Mala fe

“En el presente caso, el Tribunal de Justicia considera que no puede admitirse que la Generalitat de Cataluña y el Gobierno español hayan actuado de buena fe al mantener el IVMDH en vigor durante un período de más de diez años”.

Dos avisos previos

“El TJUE ya se había pronunciado en el año 2000 sobre un impuesto con características análogas. Además, en 2001, la Comisión informó a las autoridades españolas de que la introducción del impuesto sería contraria al Derecho de la Unión”