| viernes, 03 de junio de 2016 h |

La patronal innovadora sabe a ciencia cierta que la modificación del Código de Buenas Prácticas, aprobado por su Asamblea General la pasada semana, confirma un punto de no retorno para las relaciones entre laboratorios y profesionales sanitarios, sociedades científicas y el resto de agentes del sector salud.

Por ello Farmaindustria apuesta por la información y la claridad a la hora de exponer en qué y cómo afectan las modificaciones que se efectúan para hacer de la transparencia la bandera esencial con la que se presenta el sector ante la sociedad.

Más si cabe cuando el próximo 1 de julio por primera vez se publicarán en las webs de las compañías las transferencias de valor relativas a 2015. Desde Farmaindustria llevan meses insistiendo en que es un ‘código vivo’ en el que según se detecten incertidumbres se irán subsanando. Humberto Arnés, director general de Farmaindustria, fue meridiano al asegurar que “si encontramos puntos de fuga en este código se taponarán. Aprenderemos, pero el código no pretende que haya puntos de escape, ni enmascarar la realidad porque estaríamos favoreciendo al que hace trampa. Si el código tiene fisuras se taponarán”, aseveró.

De este modo, a partir del 1 de enero de 2017 todos los contratos que impliquen transferencias de valor — financiación para investigación, formación, asistencia a congresos… — entre la industria y los profesionales sanitarios incluirán la cláusula que obligará a publicar la información individualizada sin el consentimiento expreso del médico. José Zamarriego, director de la Unidad de Supervisión de Farmaindustria, destacó que “a partir de 2018 — fecha en la que se conocerán los contratos de 2017 — toda la información que aparezca será individualizada y hasta esa fecha habrá un periodo de coexistencia en el que la información también podrá aparecer agregada — como hasta ahora — que incluye la cuantía y el número de profesionales implicados”

Esta novedad en el código se produce tras el pertinente informe de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) por el que se considera válido dar a conocer el nombre del profesional sanitario. Eso sí, la AEPD avisa a la industria que se tienen que respetar dos condiciones indispensables: que la información no se indexe de tal manera que no sea detectable por motores de búsqueda de internet y que la información (datos personales) no puede ser usada fuera del contexto de la finalidad para la que han sido publicadas.

Para cumplir con este objetivo los laboratorios deberán incorporar un disclaimer (aviso legal) en el que se informa de estas condiciones en la información relativa a las transferencias de valor, hechas con profesionales sanitarios u otros agentes.

De entrada, Humberto Arnés, destacó que este código tiene “la finalidad de generar confianza a todos los agentes sociales y es una iniciativa pionera que sitúa a la industria en la vanguardia de la transparencia y al lado de lo que la sociedad demanda”.

Los laboratorios que incumplen el código deberán enfrentarse a sanciones que, podrán alcanzar hasta los 360.000 euros y se catalogarán en tres categorías — leve, grave y muy grave — las menos importantes irán de 6.000 a 120.000 euros, las graves de 120.000 a 240.000 euros y las más punibles de 240.000 a 360.000 euros.