El Global Madrid | martes, 15 de enero de 2019 h |

La llegada del nuevo año abre la puerta a cambios fiscales. Por ese motivo, la Consultoría Contable-Fiscal de CofmS31, la sociedad del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid (COFM), informó a sus clientes de las principales novedades fiscales que la Comunidad de Madrid ha implementado de cara a 2019.

En este sentido, en relación con el impuesto de sucesiones y donaciones, aparecen las nuevas bonificaciones por consanguinidad para hermanos (15 por ciento), tíos y sobrinos (ambos 10 por ciento), al tiempo que se mantienen las bonificaciones que ya se aplicaban. Igualmente, en relación con el impuesto de donaciones, la novedad es “la reducción del cien por cien en la donación dineraria recibida siempre que no se supere el límite máximo de 250.000 euros, computando el conjunto de todas las donaciones realizadas en el plazo de tres años; que los beneficiarios sean abuelos, padres, hijos, cónyuges, nietos y hermanos; que el destino de la donación dineraria sea la adquisición de vivienda habitual, de acciones y participaciones sociales de sociedades de nueva creación o de bienes, servicios y derechos que se afecten al desarrollo de una empresa individual o negocio profesional del donatario; y que el importe donado sea utilizado para tales fines en el plazo de un año”.

Otros impuestos afectados por los cambios serán el de transmisiones patrimoniales y el de actos jurídicos documentados, en los que se han establecido bonificaciones del 10 por ciento en la cuota de los mismos para la adquisición de la vivienda habitual, “siempre y cuando el comprador sea persona física; el valor del inmueble sea igual o inferior a 250.000 euros; y la vivienda adquirida se habite en el plazo de un año desde su adquisición y durante un periodo continuado de tres años”.

Por otro lado, se ha informado sobre las principales novedades que se introducirán en el IRPF, como son la deducción del 15 por ciento en los gastos de escolarización (con un límite de 1.000 euros por descendiente) para los padres de niños de cero a tres años matriculados en el primer ciclo de Educación Infantil en escuelas privadas; o la deducción del 20 por ciento con un máximo de 400 euros por hogar (un 30 por ciento con un máximo de 500 euros en caso de familias numerosas) para cubrir parte del gasto de cotización a la Seguridad Social en la contratación de cuidadores de menores de hasta tres años.