La red nacional de oficinas de farmacia —que supera ya los 22.100 establecimientos— estrenará 2021 conociendo que la nueva Orden de Precios de Medicamentos, y, en concreto, la revisión de precios de cerca de 17.000 presentaciones, acarreará un ahorro de 64 millones de euros en el canal farmacia. Un ‘mordisco’ de cerca de 3.000 euros de media por botica, aunque las comparaciones son odiosas en este caso por los diferentes perfiles de farmacias existentes en España.

Se trata de la más reciente medida de afectación directa a su facturación y rentabilidad. Una más a sumar a otra veintena de ellas que vienen soportando desde que se inició el siglo XXI. ¿Las consecuencias? Aunque en los últimos tiempos se atisban síntomas de incipiente recuperación en el sector, se estima que una de cada cinco oficinas de farmacia españolas camina por la “línea roja” de la rentabilidad.

Una línea roja que marcarían los 300.000 euros anuales de facturación —computando tanto venta pública como privada— y unos beneficios netos (antes de impuestos) en torno a 25.000 euros/año, que darían apenas para cubrir los gastos asociados a la actividad (local, luz, agua, etc.) y el salario mínimo profesional anual que fija el convenio colectivo de oficinas de farmacias.

Cerca de 800 establecimientos, directamente, están reconocidos por el Ministerio de Sanidad en situación de inviabilidad económica comprometida y en riesgo real de cierre. Las conocidas como farmacias VEC.

La más veterana… Y dañina

Son muchas las normas que aportan (negativamente) su grano de arena a esta situación. Pero, sin duda alguna, la más dañina es, a su vez, quizá la más veterana: el Real Decreto Legislativo 5/2000.

Y es que el siglo XXI se inició para el sector de oficina de farmacia con esta ‘espada de Damocles’ que aún pende sobre la rentabilidad de estos establecimientos.

Una norma que, desde 2000, obliga a las farmacias a realizar económicas directas al Sistema Nacional de Salud en función de su facturación por recetas públicas.

Sólo por estas deducciones directas, la red de farmacias financia anualmente al SNS con cerca de 230 millones de euros, lo que supone una media para cada establecimiento entre el 2,5 y 3 por ciento de la facturación (sobre 21.000 euros anuales por oficina de farmacia).

Una cascada de medidas

Tras esta medida, han proseguido hasta la actualidad otra serie de ellas. Más de una veintena, pero ninguna con unos efectos tan directos, perversos y criticados manifiestamente por el sector.

Bien por afectación directa o indirecta, todas estas normativas promulgadas por el Gobierno central han tenido por objetivo “controlar el crecimiento del gasto en medicamentos basándose en reducir los precios industriales del medicamento y recortar los márgenes de la farmacia y la distribución, con el consiguiente impacto económico en cada uno de los agentes del sector, pero fundamentalmente en las oficinas de farmacia”.

Así lo reflejaba el informe “La realidad económica de la farmacia en España: estudio del impacto económico en las oficinas de farmacia de las medidas de contención del gasto en medicamentos”, uno de los análisis económicos de cabecera del sector, elaborado hace unos años por la consultora Mensor para el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos.

De temporal a permanente

Tal como recuerdan las numerosas voces discrepantes con el RD 5/2000, esta norma por la cual se obligaba a las farmacias a realizar aportaciones económicas directas al SNS en función de su facturación —así como sus sucesivas modificaciones vía reales decretos— fue promulgada en origen como medidas “urgentes, temporales y extraordinarias” con las que dar respuesta a unas situaciones (2000 y 2010) de insostenibilidad financiera de la Sanidad nacional, y de consecuente necesidad de control del déficit.

Estos reales decretos surgen como una colaboración temporal, a juzgar por sus enunciados, de las oficinas de farmacia y del conjunto del sector en momentos de crisis económica a la que no pusimos, al menos los farmacéuticos, ningún tipo de reparo porque entendíamos que había que preservar la sostenibilidad del sistema sanitario y la prestación farmacéutica (…) A nuestro juicio la situación de hoy es muy distinta a la de entonces y lo que nace como una colaboración temporal y necesaria, en cambio hoy debe ser analizada (…) Bajo la excusa de necesidad de establecer medidas del control del gasto púbico y reducción del déficit, llevamos diecisiete años contribuyendo de forma especial a contener dicho gasto”.

Estos son algunos extractos de las cartas que en 2017 salieron desde el COF de Madrid rumbo a diversos despachos del Ministerio de Sanidad y Consejerías de Sanidad autonómicas. Unas misivas en las que Luis González reclamaba a estas Administraciones que valorasen “iniciar acciones encaminadas a corregir los efectos económicos” en las farmacias de estas normativas sobre deducciones en función al volumen de ventas con cargo al SNS.

A acciones como éstas se vienen sumando numerosas manifestaciones públicas de buena parte de los representantes del sector instando a su derogación. Según pasados informes de la corporación madrileña, el impacto de estas deducciones han llegado a suponer pérdidas en algunos ejercicios superiores a los 50 millones de euros para el conjunto de la red regional (cerca de 3.000 establecimientos). Muchas otras entidades sectoriales apoyan la reivindicación del COF de Madrid cara a suprimir estas deducciones en origen temporales que han acabado por ser permanentes… Y legales.

“OK” del Tribunal Supremo

Y es que, en sus primeros años de vigencia, la profesión farmacéutica buscó el amparo de los tribunales. No fueron pocos los recursos presentados contra el RDL 5/2000 que se acumularon en los tribunales al considerarlo una norma “ilegal y anticonstitucional”. Pero sin éxito final.

Uno de ellos, presentado en 2001 por una farmacéutica canaria, derivó, en 2004, en el planteamiento de una cuestión de inconstitucionalidad por un Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Las Palmas. Una década después, el 29 de mayo de 2014, el Tribunal Constitucional (TC) declaró válido el RDL 5/2000. Las deducciones podrían seguir siendo en adelante igual de injustas, desfasadas, inmorales… Pero, en todo caso, legales.

Revertir lo recaudado

Ese día se desvaneció la esperanza que tenía la farmacia de quitarse de encima esta norma por la vía de la Justicia. Tras la bendición del TC, tocaría seguir llamando a la puerta del Gobierno. Negociar, convencer, plantear alternativas… Por ejemplo, la empresarial farmacéutica nacional FEFE, con motivo de una reunión en 2016 con el ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, reclamó una derogación “parcial” de la norma.

La argumentación planteada por la patronal pasaba porque la eliminación de las deducciones supondría una mejora de los datos macroeconómicos de todo el sector de oficinas de farmacia y un aumento de la recaudación por IRPF, por lo que “nunca se perderían los ahorros de las deducciones en su totalidad”, aseguraban. El argumento, o teoría, tampoco ‘caló’.

Así las cosas, los argumentos profesionales no sólo indicen en que se trataba de una medida presentada en origen como “temporal” que ha acabado siendo permanente (y sin mucho o ningún interés por parte de la Administración por cambiar este estatus).

También se recuerda que, allá por 2000, se indicaba que parte de estas cuantías se destinarían al propio sector. Nada más se supo.

Por ello, algunas de las reivindicaciones sectoriales pasan por olvidarse de las pretensiones de derogación y centrar las solicitudes en la reversión parcial de lo recaudado. Por ejemplo, la Sociedad Española de Farmacia Rural (Sefar) ha pedido la creación de un fondo de compensación para las boticas VEC que se nutriría de un porcentaje de lo que las Administraciones recaudan de este RD.

Otro informe de Sefar en 2016 revelaba que las cantidades aportadas por las Administraciones en las conocidas como ‘ayudas VEC’ a boticas con baja facturación pública sólo representaba el 1,22 por ciento de los 240 millones de euros que ingresaban por las deducciones del conjunto de farmacias a las que obligaba (y sigue obligando) el RD 5/2000.


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