Alberto Cornejo Sevilla | viernes, 08 de enero de 2016 h |

Con frecuencia, la Sociedad Española de Farmacia Hospitalaria (SEFH) denuncia la ‘lista negra’ de comunidades autónomas que, más de tres años después de su publicación, siguen incumpliendo lo establecido en el real decreto-ley respecto a la prestación farmacéutica a centros sociosanitarios, por la cual este servicio debe quedar obligatoriamente ligado a los servicios de Farmacia hospitalarios en aquellas residencias públicas con más de cien camas. Hasta ahora, Andalucía era una de las comunidades que figuraban en esa lista, pero un nuevo decreto regional no solo le ha devuelto al cauce de la legalidad sino que bien puede decirse que incluso se pasa ‘de largo’ de dichos criterios de obligado cumplimiento que fija el RDL 16/2012.

¿El motivo? El decreto 512/2015 publicado el pasado 5 de enero en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía sitúa en 50 camas —y no cien como fija la norma nacional— el umbral a partir del cual la prestación farmacéutica a residencias quedará vinculada a un servicio de Farmacia Hospitalaria del mismo área sanitaria frente a su asunción por las oficinas de farmacias, como hasta ahora. Incluso, añade otro matiz no menos importante: esta obligación es independiente al carácter público o privado del centro, mientras que la consideración que establece el RDL 16/2012 solo atañe a los de titularidad pública. Sí hay coincidencia en ambas normativas respecto a la presencia física de un farmacéutico de hospital en los equipos de estas residencias.

Según datos de la Junta de Andalucía, en la región existen 314 residencias que superan ese umbral de camas (el 37 por ciento de la red regional de 838 centros).

524 centros para boticas

Por su parte, el suministro y atención farmacéutica a centros con menos de 50 camas —524 centros, un 63 por ciento del total—sí podrá quedar vinculado, respectivamente, a una oficina de farmacia de la misma Unidad Territorial Farmacéutica. Cada botica será elegida mediante concurso público en el cual “se valorará la mejor atención farmacéutica y la mayor eficiencia”, reza el texto, y por un plazo máximo de dos años, pasado el cual se convocaría un nuevo proceso de adjudicación. La norma establece un tiempo de atención entre 25 y 35 minutos por paciente residente al mes.

No obstante, este decreto hace una excepción a todos los criterios anteriores para los nucleos de población aislados (localidades con menos de mil habitantes). Para estos casos, la norma permite que aquellas boticas ubicadas en estos municipios que ya prestasen servicio a alguna residencia con un año de anterioridad a la publicación de esta norma puedan continuar la relación sin pasar por la vía del concurso, siempre que la dirección del centro también sea partidaria de dicha continuidad.

Andalucía prevé ahorrar entre 25 y 30 millones anuales con este nuevo modelo.

838 centros sociosanitarios —públicos o privados— existen en Andalucía, con 46.935 plazas. Con el nuevo modelo, la prestación farmacéutica a 314 de ellos (>50 camas) quedará ligado a servicios de Farmacia Hospitalaria. Las boticas darán servicio a las otras 524 residencias (<50 camas).

30 son los millones de euros que el Servicio Andaluz de Salud estima ahorrar anualmente con el nuevo modelo de prestación farmacéutica a residencias, un 25 por ciento del gasto dedicado a este área.

Seis meses disponen los centros sociosanitarios andaluces para formalizar los convenios con los hospitales que realizarán la prestación.

81 contrataciones de farmacéuticos de hospital y 121 de técnicos de Farmacia podrían producirse por los nuevos criterios, según las estimaciones.